GLOSARIO
 
CONCEPTODEFINICIÓN
Abstencionismo Se define como la no participación de los ciudadanos en los diferentes eventos de la vida política de un país; se puede manifestar de manera muy concreta cuando aquellos no ejercen su derecho ni cumplen con la obligación cívica de votar en los procesos electorales, o bien mediante una actitud pasiva y apática ante los diferentes actos y actividades políticos. Es uno de los indicadores más simples de la participación política.
Acreditación Dicese de la persona autorizada oficialmente para representar a su país, a su empresa o a un grupo de personas, o para ejercer determinada profesión.
Fuente: Real Diccionario de la Lengua Española.
Acreditación ante el Órgano ElectoralEs el acto que justifica fehaciente y jurídicamente, la existencia legal como partido político, representante partidista o candidato a un cargo de elección popular, a efecto de registrarse ante los órganos y autoridades electorales competentes, en los términos de la ley.
Acreditación de las Causales de Nulidad Acto por el cual las salas del Tribunal Electoral podrán declarar la nulidad de una elección cuando se hayan cometido en forma generalizada votaciones sustanciales en la jornada electoral, en el distrito o entidad de que se trate, se encuentra plenamente acreditados y se demuestre que los mismos fueron determinantes para el resultado de la elección.
Fuente: Derecho Político Electoral; Luis Ponce de León Armenta; Edit. Porrúa, México.2001.
Acta de Escrutinio y Cómputo Al respecto, el Código Electoral del Estado de Guerrero señala, que una vez cerrada la votación, llenado y firmado el apartado correspondiente del acta de la jornada electoral, los integrantes de la Mesa Directiva, procederán al escrutinio y cómputo de los votos sufragados en la Casilla(Art.199).
El escrutinio y cómputo, es el procedimiento por el cual los integrantes de cada una de las Mesas Directivas de Casilla, determinan:
  • El número de electores que votó en la casilla;
  • El número de votos emitidos en favor de cada uno de los Partidos Políticos o candidatos;
  • El número de votos anulados por la mesa Directiva de la Casilla; y
  • El número de boletas sobrantes de cada elección.

Fuente: Diccionario Electoral Guerrerense, 2004; Instituto de Estudios Parlamentarios “Eduardo Neri”.
Acta de la Jornada Electoral Documento público aprobado por la Asamblea General que contiene los datos correspondientes a cada una de las elecciones, así como los relativos a la instalación, cierre de la votación y escrutinio y cómputo de las mismas.
Actas Electorales Son documentos con validez jurídica en los que el secretario anota lo sucedido durante la jornada electoral y los resultados de la votación en cada casilla. Existen dos tipos de actas electorales, la de la Jornada Electoral y la de Escrutinio y Cómputo.
Acuerdo de La Asamblea General Es un acto o determinación electoral relativa a un tema en particular que se analiza y se aprueba en una sesión pública por mayoría o unanimidad de los consejeros electorales.
Agravio Es el perjuicio material o moral que se ocasiona a una persona por la ofensa injusta a sus derechos, a sus intereses materiales y de carácter moral y afectivo.
Fuente: Enciclopedia Jurídica Omeba. Tomo I.
Agrupaciones Políticas Organizaciones de ciudadanos que se proponen coadyuvar al desarrollo de la democracia y la cultura política, que obtienen su registro ante el Consejo Estatal Electoral.
Apelación Es un recurso ordinario y vertical a través del cual una de las partes o ambas solicitan al Tribunal de Segundo Grado un nuevo examen sobre una resolución dictada por un Juez de Primera Instancia con objeto de que aquél la confirme, modifique o revoque.
Fuente: Enciclopedia Jurídica Omeba. Tomo I.
Autonomía Electoral Es la condición de independencia y capacidad de autogobierno, con amplias facultades administrativas y ejecutivas, que sin sujeción jerárquica establecen la Constitución de Guerrero y la Ley Electoral para los organismos electorales.
Ayuntamiento Corporación compuesta de un alcalde y varios concejales para la administración de los intereses de un municipio.
Fuente: Real Diccionario de la Lengua Española.
Bipartidismo Dado que los partidos políticos son la proyección de la forma de pensar y de los intereses económicos de las personas dentro de una sociedad, la polarización de puntos de vista más o menos simétricos y de intereses económicos contrapuestos suele producir en ella el sistema bipartidista. Las personas se alinean en torno a dos posiciones políticas prevalecientes y, como resultado de esta dualidad, aparece el sistema en que dos partidos hegemónicos se convierten en los principales protagonistas de la acción pública y con frecuencia alternan en el ejercicio del poder.
Fuente: Enciclopedia de la Política; Rodrigo Borja, Fondo de Cultura Económica, México 2002.
Boletas Electorales Es el documento en el que el elector registra su voto; es la prueba del voto y el medio para realizar su recuento o escrutinio.
Fuente: Diccionario Electoral Guerrerense, 2004; Instituto de Estudios Parlamentarios “Eduardo Neri”.
Cámaras Legislativas Con el nombre de “Congreso” se designa, tanto por parte de la doctrina como de la práctica constitucional de la mayoría de los Estados americanos, al conjunto de órganos que integran el Poder Legislativo. Refiriéndose al mismo poder del Estado se le denomina “Asamblea”, “Parlamento”, “Cortes”, etc.
Fuente: Enciclopedia Jurídica Omeba. Tomo I
Campaña de Promoción al Voto Es el esfuerzo para asegurar que los electores que apoyan a un candidato realmente voten. Idealmente, la promoción del voto debe constituir la última parte del esfuerzo de la solicitud del voto puerta por puerta, personalmente o por teléfono, y de la actividad de persuasión o disuasión por correo. Debe ser la fase final de todo un proceso de contacto directo con él, para asegurar que todos aquellos electores que han expresado intención de votar por el candidato, depositen su boleta en las urnas el día de la jornada electoral.
Fuente: Diccionario Electoral Guerrerense, 2004; Instituto de Estudios Parlamentarios “Eduardo Neri”.
Campaña Electoral Es el conjunto de actividades que realizan los partidos políticos y sus candidatos para obtener el voto de los ciudadanos. En una campaña electoral, los partidos dan a conocer los principios, ideas y programas que constituyen su respectivo proyecto político, y promueven las candidaturas de quienes lo comparten y buscan ocupar los cargos de elección popular que se habrán de renovar.
Candidato no Registrado Son los candidatos que sin haber sido registrados por un partido político, sus simpatizantes los incluyen en la boleta electoral y son votados, como una opción válida para acceder a los cargos de elección popular, en tanto cumplan con los requisitos de elegibilidad.
Candidato Político Es en la vida política, quien aspira a desempeñar una función pública o se postula para una elección. La palabra viene de los viejos tiempos de la antigua República Romana, en que los aspirantes a ser elegidos para determinadas magistraturas se vestían con la toga blanca, símbolo de la honestidad e inocencia, para emprender campaña electoral.
Fuente: Enciclopedia de la Política; Rodrigo Borja, Fondo de Cultura Económica, México 2002
Carta Notificación Es el documento que se envía a los ciudadanos insaculados, mediante el cual se les invita a participar como funcionarios de casilla, así como de tomar los cursos de capacitación que imparte el órgano electoral.
Cartel de Resultados de la Votación Es el documento donde constan los resultados electorales de una casilla, comprendiendo los votos obtenidos por los partidos políticos contendientes, votos de candidatos no registrados y votos nulos, mismo que se fija en el exterior y lugar visible de la casilla al concluir el escrutinio y cómputo.
Cartografía Electoral Es una técnica informativa que tiene por objeto levantar, redactar y publicar mapas del estado, municipios, distritos, secciones, para una inmediata localización.
Casilla Es el lugar designado para la recepción del voto de los ciudadanos.
Casilla Básica Recibirá la votación de los ciudadanos de una sección electoral con un número de electores de hasta 750.
Fuente: Manual de Mesas Directivas de Casilla, Proceso Electoral Ordinario de Ayuntamientos y Diputados Locales, Consejo Estatal Electoral de Guerrero, 2005.
Casilla Contigua Cuando el número de ciudadanos que votarán en una casilla es mayor de 750, se instalarán tantas casillas como resulte de dividir el número de ciudadanos inscritos en la Lista Nominal de Electores entre 750, respetándose el orden alfabético. La primera será la básica y las subsecuentes las contiguas.
Fuente: Manual de Mesas Directivas de Casilla, Proceso Electoral Ordinario de Ayuntamientos y Diputados Locales, Consejo Estatal Electoral de Guerrero, 2005.
Casilla Especial Se instalarán en lugares que determinan los Consejos Distritales y recibirá la votación de los ciudadanos que se encuentren transitoriamente fuera de la sección correspodniente a su domicilio electoral.
Fuente: Manual de Mesas Directivas de Casilla, Proceso Electoral Ordinario de Ayuntamientos y Diputados Locales, Consejo Estatal Electoral de Guerrero, 2005.
Casilla Extraordinaria Recibirá la votación de los ciudadanos que se les dificulte por condiciones geográficas de una sección al acceso de todos los electores al sitio donde se instalará la casilla.
Fuente: Manual de Mesas Directivas de Casilla, Proceso Electoral Ordinario de Ayuntamientos y Diputados Locales, Consejo Estatal Electoral de Guerrero, 2005.
Cierre de la Votación La votación se cerrará a las dieciocho horas. Podrá cerrarse antes de la hora fijada, sólo cuando el Presidente y el Secretario certifiquen que hubiesen votado todos los electores incluidos en la lista nominal correspondiente. Sólo permanecerá abierta después de las dieciocho horas, aquella casilla en la que aún se encuentren electores formados para votar. En este caso, se cerrará una vez que quienes estuviesen formados a las dieciocho horas hayan votado.
Fuente: Diccionario Electoral Guerrerense, 2004; Instituto de Estudios Parlamentarios “Eduardo Neri”.
Ciudadano Es todo individuo sujeto a derechos y obligaciones jurídico-políticas. En México, el artículo 34 constitucional otorga la ciudadanía a los varones y mujeres que, teniendo la calidad de mexicanos, hayan cumplido 18 años y tengan un modo honesto de vivir.
Código Municipal Es el conjunto de normas relativas a la organización, administración, funcionamiento y atribuciones de los municipios del estado, con base a lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Constitución Política del Estado de Guerrero.
Competencia Electoral Es la acción ordenada y simultánea de dos o más partidos encaminada a ganar los cargos de elección para sus candidatos conforme a las leyes y en condiciones de igualdad y libertad.
Fuente: Diccionario Universal de Términos Parlamentarios.
Consejeros Electorales Estatales Son los ciudadanos encargados de organizar las elecciones de una entidad federativa y son designados, cuando menos, por las dos terceras partes de los miembros presentes del Congreso del Estado.
Constancia de Mayoría Documento expedido por los organismos electorales a las fórmulas, planillas o candidatos que hayan obtenido el mayor número de votos en la elección correspondiente.
Cultura Política Democrática Conjunto de valores, conocimientos, actitudes y creencias que los individuos tienen respecto de la política; se expresa, fundamentalmente, por medio de conductas apegadas a la legalidad, participativas y tolerantes de los ciudadanos en los asuntos públicos.
Curul En México, el término se refiere a la posición que el diputado o senador ocupa en su respectiva Cámara. Se ha convertido en sinónimo del cargo de elección popular.
Fuente: Diccionario Universal de Términos Parlamentarios.
Debate entre Candidatos Es la discusión de argumentos que sustentados en la plataforma electoral, sostienen los candidatos para dar a conocer a la ciudadanía su personalidad y sus conocimientos sobre la problemática del estado, distrito, municipio, según sea el caso, bajo un marco de respeto y libertad.
Demagogia Es la acción política oportunista que consiste en hacer promesas imposibles de cumplir, tergiversar u ocultar los hechos y despertar los sentimientos de la gente para influir en ella y ganar su apoyo.
Fuente: Diccionario Universal de Términos Parlamentarios.
Democracia Sistema de gobierno caracterizado por la participación de la sociedad, totalmente considerada, en la organización del poder público y en su ejercicio.
Democracia Directa Es un método político que permite que los asuntos públicos sean resueltos con la participación de todos los ciudadanos, sin que existan representantes de por medio.
Democracia Representativa Es un método político por el cual los ciudadanos eligen a las personas que deberán representarlos para tomar las decisiones que favorezcan el bienestar colectivo.
Derechos Políticos Electorales Son derechos que tienen los ciudadanos a participar en la integración y ejercicio de los poderes públicos y en general, en las decisiones de su comunidad.
Fuente: Diccionario Universal de Términos Parlamentarios.
Dictamen Es la resolución acordada por la mayoría de los integrantes de algún comité o comisión de un parlamento o Congreso, con respecto a una iniciativa, asunto o petición sometida a su consideración por acuerdo de la Asamblea, la cual esta sujeta a lecturas previas y a una posterior discusión y aprobación del pleno de la Cámara respectiva debiendo contener para ello, una parte expositiva de las razones en quien se funde la resolución.
Fuente: Diccionario Universal de Términos Parlamentarios.
Diputación Término que se aplica a los integrantes de una corriente ideológica determinada dentro del poder legislativo; también se designa así al cargo que ejerce un diputado.
Diputado de Mayoría Relativa Es el electo con base en el sufragio poblacional, el que obtuvo mayor número de votos hacia su candidatura en cada uno de los distritos electorales uninominales. El Estado de Guerrero tiene 28 distritos electorales locales.
Diputado por el Principio de Representación Proporcional Es el electo mediante un sistema electoral que consiste en la distribución de curules o escaños entre los partidos políticos participantes, de acuerdo con el número de votos obtenido por cada uno de estos partidos.
Distrito Electoral División territorial para efectos de la elección de diputados bajo el principio de mayoría relativa. El territorio del Estado de Guerrero se divide en ventiocho distritos electorales.
División de Poderes Reparto de las atribuciones que corresponden al Estado entre órganos distintos, con el propósito de impedir su concentración en uno solo de ellos. La Constitución Mexicana establece que el supremo poder de la Federación se divide para su ejercicio en: Legislativo, Ejecutivo y Judicial.
Documentación y Materiales Electorales Son las actas, boletas, listados nominales, sobres, urnas, elementos modulares, tinta indeleble, etc., que se utilizan el día de la Jornada en las mesas directivas de casilla.
Elección Es el procedimiento mediante el cual un candidato es designado para un cargo público, mediante el voto de quienes tienen el derecho de emitirlo.
Electores Son los ciudadanos que teniendo su Credencial para votar con fotografía y estando inscritos en la Lista Nominal de Electores, ejercen su derecho al voto.
Elegibilidad Aptitud legal de una persona para ser electa a un cargo de elección popular.
Emblema Es el símbolo, generalmente un dibujo, que emplea y registra una entidad política para identificarse.
Fuente: Diccionario Electoral Guerrerense, 2004; Instituto de Estudios Parlamentarios “Eduardo Neri”.
Empadronamiento Inscripción y registro de los ciudadanos del Estado en el padrón electoral.
Encuesta de Salida Se basa en el principio de que si se entrevista a los votantes de las secciones muestreadas, que han sido seleccionadas por anticipado, es posible predecir con exactitud quién ganará la elección. Consiste en entrevistas que se le hacen a la gente inmediatamente después de que ha votado, pero fuera del lugar de la votación, por eso se le conoce como encuesta de “salida”.
Fuente: Diccionario Electoral Guerrerense, 2004; Instituto de Estudios Parlamentarios “Eduardo Neri”.
Encuesta Electoral Es un método sistemático de preguntar a los electores, considerados como una muestra representativa de todo el electorado de una división, acerca de sus opiniones y actitudes sobre asuntos o tópicos particulares; constituyen una inferencia estadística de cómo está la situación electoral al momento de levantarse la encuesta; asimismo, las encuestas pueden revelar la intensidad y las razones de esas opiniones y actitudes.
Fuente: Diccionario Electoral Guerrerense, 2004; Instituto de Estudios Parlamentarios “Eduardo Neri”.
Escrutador de Mesa Directiva de Casilla Es el ciudadano integrante de una casilla, cuyas funciones consisten en la comprobación de la cantidad de votos depositados en las urnas y la verificación del número de los mismos emitidos a favor de cada partido el día de la jornada electoral.
Escrutinio y Cómputo Es el recuento y análisis de los votos en una elección que hace la autoridad estatal competente. Comprende el recuento y la comprobación de la legitimidad de los votos emitidos. El escrutinio se realiza al final de la jornada electoral, es un proceso complejo y puede emplear métodos tradicionales, electrónicos o una combinación de ambos.
Fuente: Diccionario Electoral Guerrerense, 2004; Instituto de Estudios Parlamentarios “Eduardo Neri”.
Estado Sociedad jurídicamente organizada para hacer posible, en convivencia pacífica, la realización de la totalidad de los fines humanos a través de una estructura de gobierno en un territorio determinado.
Estado de Derecho Es una forma de organización política en donde el poder se encuentra determinado por preceptos legales, de tal forma que este no pueda exigir de sus miembros ninguna acción u omisión que no tenga su fundamento en la existencia de una norma jurídica preestablecida
Estatutos Conjunto de normas relativas a la organización, funcionamiento, estructura orgánica, gobierno, procedimientos, patrimonio, miembros, derechos y obligaciones y responsabilidades de los integrantes de un partido o agrupación política.
Estrado Local destinado en la sede de un juzgado, tribunal u oficina pública para celebrar las audiencias.
Financiamiento Privado de los Partidos Políticos. Recursos económicos y materiales provenientes de los militantes y simpatizantes de los partidos políticos; por autofinanciamiento o por rendimientos financieros de acuerdo a la Ley Electoral del Estado.
Financiamiento Público a los Partidos Políticos Es el dinero que los partidos políticos reciben del Estado para el buen desarrollo de sus actividades. Los partidos tienen que informar a las autoridades electorales sobre el uso de dichos fondos.
Fiscalización del Financiamiento a los Partidos Políticos Consiste en el ejercicio de las facultades establecidas por la Ley con el objeto de asegurar que el financiamiento público y privado se obtenga y aplique conforme a lo establecido por la propia Ley.
Fracción Parlamentaria Denominación que se emplea para referirse a los distintos grupos de legisladores que forman parte de un mismo partido político en el Congreso del Estado.
Funcionarios de Mesas Directivas de Casilla Ciudadanos designados por sorteo para integrar las mesas directivas de casilla, el día de la jornada electoral, facultados para recibir y contar los votos de los electores.
Gobierno Es el conjunto de los órganos mediante los cuales el Estado actúa en cumplimiento de sus fines.
Imparcialidad Es la neutralidad política donde se reconoce y vela por el interés social y por los valores democráticos y republicanos, sobre cualquier interés personal, sectario o partidista, aún teniendo la posibilidad de hacerlo arbitrariamente.
Impugnación Inconformidad contra una resolución o acto de autoridad. A través de la impugnación, se pretende obtener una resolución que anule, invalide, revoque, modifique o deje sin efectos un determinado acto e, incluso, una resolución judicial. La impugnación de los actos de autoridades se hace por medio de los recursos o juicios y en materia electoral da lugar a la llamada justicia electoral.
Inconformidad En materia electoral es un medio de impugnación merced al cual se atacan actos de autoridades electorales, relacionadas con los resultados de las elecciones populares.
Independencia Es el ejercicio autónomo de las facultades de las autoridades electorales, de acuerdo a la normatividad vigente y a la voluntad exigible en cada caso concreto, a efecto de actuar al margen de las presiones políticas.
Inhabilitación Suspensión temporal de los efectos derivados de una disposición legal por causas que la misma establece, que disminuyen los derechos o facultades legales de una persona.
Insaculación Es el sorteo que permite designar de entre los ciudadanos inscritos en la Lista Nominal, a los que actuarán como funcionarios de casilla el día de la jornada electoral.
Instituto Estatal Electoral Es el depositario de la autoridad electoral y tiene a su cargo la organización, dirección y vigilancia de las elecciones y demás procesos que requieran consulta pública en el estado. Goza de autonomía en su funcionamiento e independencia en sus decisiones. Sus órganos y servidores se sujetarán a la organización de facultades que señala la Constitución y la Ley.
Interés Público Es lo que nos une y nos permite organizarnos cuando tenemos un problema común, y podemos exigir que la autoridad lo resuelva para el beneficio de la ciudadanía. Son de interés público los servicios colectivos como agua, transporte, seguridad, mantenimiento de espacios recreativos, servicios básicos de salud, etc.
Jornada Electoral En estricto sentido, se refiere al número de horas que permanecen abiertas las urnas para recibir el voto de los electores; este tiempo debe ser suficiente para dar oportunidad a todos los votantes de que emitan su sufragio. En sentido más amplio, se entiende por jornada, el día o los días en que celebran las elecciones.
Fuente: Diccionario Electoral Guerrerense, 2004; Instituto de Estudios Parlamentarios “Eduardo Neri”.
Legalidad Es la garantía, reconocimiento y respeto irrenunciable en la aplicación de las leyes en las que se sustentan las instituciones públicas y que por ello aseguran el bienestar de la comunidad, mediante su estricta observancia para no defraudar su espíritu, ni vulnerar su letra o simular que se cumple.
Legalidad De Actos Electorales Es la aplicación irrestricta de la Ley Electoral respecto de toda actividad desarrollada por los órganos encargados de organizar y vigilar los procesos comiciales.
Ley Es una disposición general que protege el interés colectivo por encima de los intereses individuales. Las leyes deben estar hechas de tal modo que todos las podamos cumplir, y para eso deben adaptarse a los modos de vida de los ciudadanos. Para que una ley siga sirviendo, debe estar actualizándose constantemente para resolver las necesidades de toda la sociedad
Lista Nominal de Electores Es la lista que se utiliza en la casilla el día de la jornada electoral, que incluye la fotografía y el nombre de los ciudadanos registrados en el Padrón Electoral que obtuvieron su Credencial para Votar con Fotografía.
Lugares de Uso Común Espacios destinados por las autoridades municipales en que los partidos y sus candidatos pueden colgar o fijar su propaganda, de acuerdo a las bases establecidas por la Asamblea General.
Mandato Es la orden que los ciudadanos damos a través del voto para que nuestros representantes populares exijan el cumplimiento de los programas de beneficio colectivo que están a cargo del Poder Ejecutivo, Legislativo y Administración Municipal.
Medios de Impugnación (Sistema de) De acuerdo con la Ley del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral del Estado de Guerrero tiene por finalidad garantizar:
  1. Que todos los actos y resoluciones de las autoridades electorales se sujeten invariablemente a los principios de constitucionalidad y legalidad; y
  2. Fijar los plazos para el desahogo de todas las instancias impugnativas, tomando en cuenta el principio de definitividad de los actos y etapas de los procesos electorales (Art.3º).
Fuente: Ley del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral del Estado de Guerrero.
Mesa Directiva de Casilla Son los órganos electorales formados por ciudadanos facultados para recibir la votación y realizar el escrutinio y computo en cada una de las casillas ubicadas en las secciones electorales en que se divide el Estado.
Militante Persona que teniendo la calidad de ciudadano, se encuentra afiliado a un partido político, previo ejercicio de su derecho consignado constitucionalmente de decidir libre, individual y voluntariamente cuál es el partido político a que ha de afiliarse.
Municipio Es la base de la división territorial y de la organización política y administrativa de las entidades federativas.
Notario Persona autorizada para dar fe de hechos o actos que le consten.
Objetividad Es el reconocimiento de los actos del proceso electoral, de la realidad tangible, de modo que no se altere por algún criterio personal, en tanto sea demostrable por las actuaciones que se realicen y se produzcan durante su desarrollo.
Observadores Electorales Un individuo que, en nombre de un candidato, un partido o un grupo no gubernamental observa el proceso de votación en el día de las elecciones, para alentar procedimientos correctos e informar de irregularidades sin intervenir en la votación ni de palabra, a menos que se le requiera su opinión por alguien autorizado legalmente para ello.
Fuente: Diccionario Electoral Guerrerense, 2004; Instituto de Estudios Parlamentarios “Eduardo Neri”.
Oposición Es la posición de crítica, desacuerdo o antagonismo con las políticas o programas del gobierno que ejercen los grupos, los partidos o los individuos que se encuentran fuera del poder gubernamental.
P.R.E.P. Programa de Resultados Electorales Preliminares, sistema que permite conocer con anticipación a las cifras oficiales, los primeros resultados a poco tiempo de cerradas las casillas electorales.
Padrón Electoral Es el listado que contiene el nombre de todos los ciudadanos que presentaron su solicitud para obtener su Credencial para Votar con Fotografía.
Paquete Electoral Es el conjunto de documentos derivados de una elección, ordenados e integrados por las mesas directivas de casilla de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Electoral.
Partido Político Conjunto de personas que unidas por una misma ideología, persiguen mediante unas elecciones, conseguir el poder para, desde él, lograr imponer su concepción ideológica y realizar su programa político.
Partidos Políticos en México En la actualidad son ocho los partidos: a) Partido Acción Nacional (PAN) b) Partido Revolucionario Institucional (PRI) c) Partido de la Revolución Democrática (PRD) d) Partido del Trabajo (PT) e) Partido Verde Ecologista de México (PVEM) f) Partido Convergencia (PC) Todos ellos cuentan con representación en la Asamblea General del Instituto Estatal Electoral y en otras instancias de este organismo. Los documentos básicos de los partidos políticos nacionales son los siguientes: Declaración de principios: conjunto de ideas que fundamentan las actividades del partido. Programa de acción: estrategia que propone el partido para resolver los problemas de la nación. Estatutos: Reglas internas de organización y funcionamiento del partido.
Plataformas Electorales de los Partidos Políticos Son las propuestas (en materia de vivienda, salud, educación, empleo, etc.) que para cada elección hacen los partidos políticos a la ciudadanía, y que se comprometen a cumplir en caso de que el voto ciudadano los favorezca.
Plebiscito Consulta directa que hace al pueblo el poder ejecutivo, para que exprese su aceptación o rechazo sobre un asunto específico de gran importancia o de gran interés público que afecta la esencia misma del Estado. Un plebiscito supone que no se ha aprobado ningún proyecto previamente, aunque también se presenta cuando un electorado de su veredicto sobre un cambio de régimen propuesto, o ratifica como tal un cambio si este ya ha ocurrido.
Fuente: Diccionario Electoral Guerrerense, 2004; Instituto de Estudios Parlamentarios “Eduardo Neri”.
Pluralismo En su sentido más amplio, el pluralismo significa la apertura y disponibilidad de confrontación hacia propuestas distintas a la propia, que se proponen para resolver problemas de interés general.
Política Es la actividad que realizan individuos y grupos sociales en relación con los asuntos de interés general y de manera más específica con el poder público, sea para competir por él o para influir en su composición y orientaciones.
Precampaña o Campaña Primaria Es la campaña que se realiza con el propósito de ganar una candidatura de un partido para participar en elecciones próximas. Se desarrolla dentro del proceso de selección interna de candidatos,
Principio de Mayoría Relativa Es la regla que señala que un candidato ganador de un puesto de elección popular cuando obtiene la mayoría de los votos
Principio de Representación Proporcionall Es la regla que asigna puestos de elección popular a los partidos políticos de acuerdo con el porcentaje de votos que hayan recibido en una elección
Proceso Electoral Es el conjunto de actos ordenados por la Constitución Política del Estado y por la Ley electoral, realizados por las autoridades electorales, los partidos políticos, las coaliciones y los ciudadanos. Tiene por objeto la renovación periódica y democrática del Poder Ejecutivo, del Congreso del Estado y de los Ayuntamientos. Consta de tres etapas: preparación de la elección, jornada electoral y; resultados y calificación de la elección.
Propaganda Electoral Es el conjunto de publicaciones, imágenes y todo tipo de expresiones que cada partido político utiliza con el objetivo de convencer a los ciudadanos para obtener sus votos.
Puestos de Elección Popular Son los cargos públicos que obtienen los candidatos de los partidos gracias al voto de la ciudadanía. A nivel federal: Presidente de la República, Senadores y Diputados Federales. A nivel local: Gobernadores, Diputados Locales, Presidentes Municipales, Regidores y Síndicos.
Recursos Medio de impugnación establecido por la Ley Electoral para combatir legalmente un acto, resolución o acuerdo de los organismos electorales
Reelección Es volver a elegir nuevamente a la misma persona para el cargo de representación popular que está desempeñando y cuyo periodo va a terminar. Jurídicamente significa la posibilidad que tiene el titular de un cargo de elección popular para contender otra vez por ese mismo cargo, cuando está por finalizar su ejercicio en el mismo. (En México no se permite)
Referéndum Mecanismo de participación directa mediante el cual la ciudadanía manifiesta su aprobación o rechazo a una decisión constitucional o legal, sobre la creación, modificación, derogación o abrogación de leyes de su competencia legislativa. Las leyes que expida el Congreso, excepto las de carácter tributario o fiscal, serán sometidas a referéndum derogatorio o abrogatorio, si dentro de los cuarenta y cinco días naturales siguientes a la fecha de su publicación así lo solicita ante el Instituto Estatal Electoral, el cuatro por ciento, cuando menos de los ciudadanos del Estado inscritos en el padrón electoral, debidamente identificados.
Regidor Integrante del ayuntamiento ( cuyo número varía de acuerdo con la población del municipio).
Representación Proporcional Es un método de elegir representantes que consiste en la relación directamente proporcional entre el número de votos emitidos por los electores y la distribución de los escaños entre los partidos políticos contendientes en un proceso electoral. Busca asegurar que, de acuerdo a su tamaño, cada facción, grupo o partido esté representado.
Representante de Partido Político en la Casilla Es un miembro o simpatizante de un partido político, debidamente acreditado ante la autoridad electoral, que vigila que la jornada electoral se desarrolle conforme lo marca la ley.
Representante General Persona acreditada por un partido político cuya función consiste en comprobar la presencia de los representantes en las casillas y recibir de ellos los informes relativos al desarrollo de la jornada electoral. Los partidos podrán acreditar un representante general para atender entre 4 y 7 casillas según se trate de zona urbana o rural.
Sección Electoral Es la unidad básica en que se divide el territorio nacional para la inscripción de los ciudadanos en el padrón o registro de electores y en las listas nominales de electores. Facilitan la ubicación de las casillas y el ejercicio ciudadano del voto.
Secretario de Mesa Directiva de Casilla Es el ciudadano insaculado para integrar una casilla, con facultades para levantar las actas que ordena la ley, revisar que el nombre del elector aparezca en la Lista Nominal de Electores, inutilizar las boletas sobrantes el día de la jornada electoral.
Sistema Electoral Es el conjunto de medios y procedimientos de elección popular destinados a convertir los votos de los ciudadanos en órganos legítimos de gobierno o de representación política. Hay dos grandes tipos de sistemas electorales: el mayoritario y el proporcional.
Sistema Político Conjunto de instituciones, grupos y procesos vinculados con la producción de decisiones referidas al orden social, con las relaciones que se establecen entre los diferentes actores políticos y con el ejercicio del poder en una determinada sociedad.
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación Es una instancia del Poder Judicial Federal especializada en materia electoral, cuya función primordial es garantizar el apego a la legalidad de las elecciones, para lo cual atiende las inconformidades que presenten ciudadanos o partidos políticos y resuelve sobre ellas
Tribunal Estatal Electoral De acuerdo con el artículo 25 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero, en relación con el artículo primero de la Ley Orgánica del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero, el Tribunal Electoral es el órgano autónomo en su funcionamiento e independiente en sus decisiones y máxima autoridad jurisdiccional en materia electoral local.

El Tribunal Electoral del Estado funcionará en Pleno o en Salas y sus decisiones de resolución jurisdiccional serán públicas. Durante el receso, la Sala Central será permanente, para resolver los medios de impugnación que se interpongan en los términos de la ley respectiva. Las Salas Regionales permanecerán cuando así lo requiera el propio Tribunal para su mejor funcionamiento, de conformidad con con lo establecido en el artículo 2º de la Ley Orgánica del Tribunal Electoral del Estado.

Urnas Electorales Contenedor de votos con transparentes en sus costados y una ranura en su parte superior para que los ciudadanos depositen la papeleta correspondiente.
Voto Es la manifestación de la voluntad individual para tomar decisiones en una congregación o colectividad, o bien, en una asamblea, junta o tribunal colegiado. La suma de los votos individuales inclina la decisión colectiva. En materia electoral, tal decisión colectiva se dirige a integrar los órganos de gobierno.
Fuente: Diccionario Electoral Guerrerense, 2004; Instituto de Estudios Parlamentarios “Eduardo Neri”.